Cómo prepararse para su consulta de inmigración: qué traer
Actualizado en 2026
No necesita todos los documentos para empezar — y la primera consulta es gratuita. Pero traer la documentación adecuada nos permite evaluar su caso con mayor rapidez y darle respuestas más claras. Esto es lo que ayuda en cada tipo de asunto de inmigración, a fecha de 2026.
Empiece con lo que tiene
No se demore porque le falte un documento. Traiga lo que tenga ahora; los originales, las traducciones y las pruebas adicionales pueden llegar después. El paso más importante es hablar con un abogado a tiempo — antes de que venza un plazo.
Documentos que todos deberían traer
- Un pasaporte vigente (y cualquier pasaporte vencido)
- Su registro de entrada/salida I-94 más reciente y los sellos de entrada
- Cualquier visa actual o anterior y los avisos de aprobación o denegación de USCIS
- Cualquier petición o solicitud ya presentada (I-130, I-140, I-485, I-589, etc.) con sus números de recibo
- Todas las cartas y avisos de USCIS, de la corte de inmigración o de la embajada de los EE.UU.
- Una identificación con foto emitida por el gobierno y su tarjeta de Seguro Social o de permiso de trabajo (EAD) si la tiene
Visas por empleo y talento (EB-1, EB-2, EB-3, H-1B, L, O)
Estos casos suelen depender de un empleador y de la prueba de sus calificaciones. Entre los documentos útiles se incluyen:
- Una oferta de empleo o carta de empleo/patrocinio de su empleador o patrocinador en los EE.UU.
- Su currículum (CV), diplomas, expedientes académicos y cualquier licencia o certificación
- Pruebas de logros: premios, publicaciones, patentes, cobertura en medios, membresías, cartas de recomendación
- Para H-1B / L: documentos de la empresa, registros de pago y prueba de la relación válida empleador-empleado
- Talones de pago recientes, declaraciones de impuestos y prueba de que ha mantenido su estatus
Visa de inversionista (EB-5)
- Prueba de los fondos invertidos y de su origen lícito (registros bancarios, venta de propiedad, ingresos de un negocio, donaciones)
- Un plan de negocios y documentos de la inversión o de la nueva empresa comercial
- Pruebas de que la inversión está en riesgo y está creando los empleos requeridos
Inmigración basada en la familia
Estos casos dependen de probar una relación familiar genuina. Entre los documentos útiles se incluyen:
- Acta de matrimonio, actas de nacimiento y cualquier acta de divorcio o de defunción
- Prueba de la ciudadanía estadounidense o residencia permanente del peticionario (pasaporte, certificado, green card)
- Para cónyuges: pruebas de un matrimonio de buena fe — fotos, cuentas conjuntas, contrato de arrendamiento o hipoteca, seguros, correspondencia
- Los documentos de ingresos del patrocinador para la Declaración Jurada de Sostenimiento (declaraciones de impuestos, W-2, talones de pago)
Asilo político
El asilo se basa en una persecución sufrida en el pasado, o en un temor fundado de persecución futura, por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social determinado. Por lo general existe un plazo de un año para presentar la solicitud desde su última entrada, así que hable con un abogado lo antes posible.
Pruebas que ayudan
- Su propio relato escrito y detallado de lo que ocurrió y por qué teme regresar
- Prueba de identidad y nacionalidad, y la fecha y forma de su entrada a los EE.UU.
- Pruebas de la persecución: registros policiales, médicos u hospitalarios, amenazas, fotografías, documentos de arresto o judiciales
- Documentos de membresía o de respaldo (partido político, grupo religioso, organización)
- Declaraciones de testigos o declaraciones juradas de personas que conocen su situación
- Materiales sobre las condiciones del país: reportajes de prensa, informes de derechos humanos o gubernamentales
Estudiantes y visitantes (F/M, B-1/B-2)
- Formulario I-20 (estudiantes) y sus registros escolares / SEVIS
- Prueba de sostenimiento económico (estados de cuenta bancarios, cartas de patrocinador)
- Pruebas del propósito de su estadía
Si está en la corte de inmigración, en apelación o enfrentando la deportación
Aquí los plazos son estrictos — traiga todo y contáctenos de inmediato.
- Su Notificación de Comparecencia (NTA) y cada aviso de audiencia con su fecha
- Cualquier orden o decisión ya emitida por el juez o por la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA)
- Cualquier documentación de fianza o de detención, y su número A (A-number)
Lo que puede traer después
Los documentos en idioma extranjero pueden traducirse más adelante, y los originales o copias certificadas pueden llegar después. Empiece con copias y fotos de lo que tenga — le diremos exactamente qué necesita su caso en particular.
Clientes fuera de los Estados Unidos
No necesita estar en Nueva York para trabajar con nosotros. Si se encuentra en el extranjero, simplemente deje una solicitud a través de nuestro formulario de contacto con una breve descripción de su situación y el mejor correo electrónico para localizarle.
Le responderemos por correo electrónico para confirmar los detalles y organizar una consulta por video — por Microsoft Teams, WhatsApp o Telegram, lo que mejor le funcione. Acordamos el canal y la hora por correo electrónico.
La primera consulta es gratuita. Si decide contratarnos, acordamos los honorarios y el método de pago con usted directamente y le enviamos instrucciones claras por correo electrónico.
Esto es información general
Las listas anteriores son un punto de partida, no un requisito completo ni específico para su caso. Las normas de inmigración cambian y cada caso es diferente — los documentos exactos que su asunto necesita los confirmará su abogado. Nada de lo aquí expuesto constituye asesoramiento legal ni crea una relación abogado-cliente. El mejor próximo paso es una consulta gratuita.